'Sintiencia', término válido

El sustantivo sintiencia y el adjetivo sintiente son voces bien formadas que se emplean para aludir a la capacidad de sentir de los seres vivos. 
Con la palabra sintiencia, originaria del ámbito filosófico, se designa, grosso modo, la capacidad de sentir. En los últimos tiempos, este término ha pasado al debate de la sociedad y de los medios relacionado, sobre todo, con la llamada sintiencia animal. Desde este enfoque, los animales no solo reaccionan a los estímulos, sino que tienen la capacidad de experimentar sensaciones, hecho este que los diferencia de las cosas y que, desde el punto de vista de la ética animal, debería otorgarles unos derechos distintos, tales como la protección contra el sufrimiento o el derecho a la comida, el agua y el refugio.
El verbo sentir tiene una variación vocálica en la raíz por la que las formas con e, como sentimos, alternan con las formas con i, como sintió. Según indica el Diccionario panhispánico de dudas, esto ha favorecido la creación de la variante sintiente, que convive con el adjetivo sentiente, derivado directamente del latín sentiens, -entis.
Este adjetivo, sintiente, que la Academia considera válido, es la variante que más se emplea en los medios, y de ella deriva el sustantivo sintiencia, también adecuado. La alternativa sentiente, aunque usada hoy en menor medida, es la preferida en la citada obra. A partir de esta última nada impide derivar sentiencia, que, por tanto, sería asimismo admisible.
Explicada su semántica y razonada su morfología, estas voces son plenamente válidas y su empleo en oraciones como las que siguen es también apropiado: «El Código Civil francés incorporó la figura de la sintiencia, por lo que deja de considerar a los animales como objetos», «Afortunadamente, en algunas ciudades se han comenzado a implementar otros tipos de políticas que respetan la sintiencia de estas aves» y «El animal no es un bien a transar comercialmente, sino un ser sintiente como propone la campaña “No son muebles”, que busca que se integre esa condición en la carta fundamental chilena».

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